La Comisión Europea está estudiando modificar y regular algunas cuestiones en el transporte por carretera
Santander 22-10-2017
La Comisión europea viene estudiando una serie de propuestas de modificación de ciertos Reglamentos que afecta al transporte por carretera en todo el ámbito geográfico de la Unión Europea.
En la Unión Europea tienen mecanismos lentos, a la hora de elaborar Normas, pues éstas pasan por diferentes órganos y organismo de la misma hasta que el texto definitivo es aprobado por la Comisión y publicado en el Diario de la Unión Europea (DUE) para ser efectiva la Norma.
La Norma que se pretende modificar, es el Reglamento 561/2006 (que es de aplicación directa y Ley en los Estados nacionales miembros de la UE). Los aspectos que pretenden modificar, entre otros, tratan sobre los tiempos de conducción y descanso, los conductores desplazados en lo que respecta a la parte social del mismo; después hay otros cuantos asuntos como el acceso a la profesión y al mercado, el cabotaje y vehículos alquilados sin conductor.
Tiempos de conducción y descanso
Se están suscitando diversas alternativas de forma que los trabajadores y las empresas puedan “flexibilizar” la organización de los periodos de descanso semanal.
La patronal y algunos estados nacionales miembros de UE (entre ellos España), pretenden que los descansos semanales se puedan realizar a lo largo de cuatro semanas consecutivas, con el argumento de “que se garantice al mismo tiempo que la compensación por un descanso semanal reducido se disfrute junto al descanso semanal normal, en un plazo de tres semanas, sin que se alteren los actuales requisitos de tiempos de conducción y descanso diarios”.
España ha propuesto a la Comisión Europea ampliar el número de días entre descansos semanales, de los seis (6) actuales a los nueve (9).
La Comisión, pretende introducir un artículo que prohíba el descanso semanal de 45 horas a bordo del vehículo. Las patronales y algunos estados miembros como el nuestro, se oponen, porque no existen áreas de descanso seguras… como si no pudieran hacerse.
Conductores desplazados
Pretenden realizar modificaciones en la regulación de conductores desplazados. Se contralarán un mínimo de un 3 % de las jornadas de trabajo; se establecerán criterios uniformes para el cálculo de la clasificación de riesgos de las empresas de transporte, y habrá nuevos requisitos administrativos, en cuanto a la declaración previa del desplazamiento, de los datos registrados por el tacógrafo e incluso de los códigos del estado miembro dónde hayan transitado los conductores, tanto en el transporte internacional como en el cabotaje.