MEDIDAS CAUTELARES PARA LA PROTECCIÓN DE LOS TÉCNICOS DE TRANSPORTE SANITARIO (COVID-19)

b3b6599a15a74721adbecf8b011b610fgif Santander 28-06-2020

 esde SCAT (Sindicato Cántabro de Asalariados del Transporte), llevamos desde que comenzó la pandemia (incluso antes) denunciando las precarias condiciones de prevención y seguridad con las que deben trabajar el personal del transporte sanitario en Cantabria, perteneciente a la empresa Ambuibérica, concesionaria del servicio por parte de la Consejería de Sanidad del Gobierno de Cantabria. 

 A pesar de que se nos ha tildado de alarmistas, incluso mentir y un largo etcétera de calumnias por parte de la empresa y sus “acólitos sindicales”, el juzgado de lo social nº 6, ha dictaminado una serie de medidas cautelares que se deben de implementar al personal de transporte sanitario que haya tenido contacto directo, probable o confirmado, con el virus COVID19, hasta que se dicte resolución final por parte del TSJC sobre otra Sentencia  del Juzgado de lo Social nº3 (recurrida por la empresa), por la cual, se dictó que no son tareas de los trabajadores de ambuibérica realizar las funciones de limpieza y desinfección de los vehículos. Esas medidas son: 

1.-Suministro de equipos de protección individual (buzo/batas impermeables, mascarillas FF2 y FF3, gafas o protectores oculares, guantes de protección y gel hidroalcohólico)”. 

2.- “La adopción de las medidas precisas para que los centros de trabajo cuenten con bolsas GII y contenedores específicos para depositar la ropa contaminada con agentes biológicos, y un sistema de recogida, lavado, descontaminación y en su caso, destrucción de la ropa de trabajo expuesta al COVID19 a cargo de empresa especializada”. 

3.- “En los supuestos de traslados de casos en investigación, probables o confirmados de infección por COVID19, la limpieza de las ambulancias afectadas se deberá realizar por empresas especializadas o por medios específicamente indicados para la destrucción del virus, a cargo de personal especializado”. 

4.- “La empresa demandada deberá realizar los test de COVID 19 a los trabajadores con contacto directo, probable o confirmado, en los que concurra un cuadro clínico de infección respiratoria aguda de cualquier gravedad”. 

 Valoramos de “sentido común” las medidas que se dictan, algo que parece faltar en la empresa Ambuiberica y en sus “acólitos sindicales”. 

 Desde SCAT no podemos entender, que se enviase a trabajadores a luchar contra la pandemia, y no dispongan de las mínimas medidas elementales de protección individual (epis) y de protocolos adecuados para la descontaminación de los servicios. La Administración Regional debe tener en cuenta estos hechos, a los efectos de una posible renovación del contrato de adjudicación del servicio sanitario en Cantabria. 

 Por último, cabe destacar que estas medidas cautelares que debe cumplir rigurosamente la empresa, se consigue que prime la prevención y seguridad en la realización de los servicios de transporte sanitario, que hasta la fecha carecen. 

  Sin duda alguna, estaremos vigilantes para que esto se lleve a cabo y se realice adecuadamente punto por punto. 

 Creemos que ha quedado ya plenamente acreditado y demostrado, que la pandemia de COVID-19 es un tema lo suficientemente grave y serio como para no escatimar en la  prevención y seguridad de los trabajadores. Especialmente, de los más expuestos, como son los Técnicos de Transporte Sanitario.